Si alguna vez tuvo la esperanza de cobrar en su biblioteca de iTunes para llegar a fin de mes, piénselo de nuevo: un juez federal ha declarado revender sus MP3 en línea, diciendo que la doctrina de la primera venta no es aplicable.
El fallo fue dictado por un tribunal federal de Nueva York el sábado, donde el caso de Capitol Records v. ReDigi estaba siendo escuchado.
ReDigi era una startup con sede en Boston que le permitía "revender" sus viejas canciones de iTunes en línea. Funcionó así: cargó una canción de su biblioteca de iTunes, que luego se ejecutó a través de un algoritmo, supuestamente, para averiguar si se compró legalmente. Luego se eliminó de su máquina, y alguien en línea podría "comprarle" ese MP3 a una fracción del precio, momento en el que la copia se eliminó de los servidores de ReDigi.
Es un poco sospechoso, porque, por supuesto, si compró el MP3 a través de iTunes, podría simplemente descargarlo de nuevo. Sin embargo, ReDigi dijo que estaban protegidos por la doctrina de la primera venta, que permite a los consumidores revender los productos que han comprado.
Sin embargo, el juez del caso dijo que la doctrina de la primera venta no se aplica a los productos digitales, ya que se debe hacer una copia para transferirlos en línea. Por lo tanto, ReDigi no estaba vendiendo el MP3 que realmente se había descargado... estaba vendiendo una copia, que no está protegida por la primera venta.
ReDigi aún puede apelar la decisión.
Fuente: Ars Technica